MONTACARGAS Y ELEVADORES
Cuando los socios de un edificio se proponen instalar una maquinaria de transportación, deben informarse apropiadamente sobre los diferentes tipos que existen en el mercado y la utilización de cada uno de ellos. Con esto podemos hablar de las mencionadas soluciones verticales, sugeridas a los montacargas y ascensores responsables del traslado de mercancías y personas. Estos aun que pueden llegar a ser similares, cuentan con diferencias claras entre ellos, lo que hace que cada uno resulte más idóneo para un tipo de desplazamiento que el otro.
Primeramente, se puede definir a un montacargas como un ascensor de grandes dimensiones, y, como su nombre indica, se utiliza para el desplazamiento de grandes volúmenes y cargas de gran tamaño. Su diseño se crea de un chasis que se traslada a través de dos rígidas guías, que son paralelas entre sí y se soporta sobre una estructura de metal, que se localiza anclada al propio edificio.
En varios aspectos, ciertamente en el mercado hay dos clases diferentes de montacargas de tipo hidráulico. Primeramente, están las que se encargan de transportar, únicamente, mercancías y aquellos que, además, permiten el traslado de personas. Este segundo grupo también es popular como ascensor hidráulico y esta tendrá aplicada la normativa EN81.3, mientras que el primero deberá respetar la normativa EN81.2 Así, las claras diferencias entre ellos están directamente relacionadas con sus correspondientes normativas de uso, su utilización y los distintos elementos con los que cuenta cada uno, para su mantenimiento y montaje.
En este sentido, los montacargas han revolucionado, en los últimos años, para adaptarse a la normativa, que ha supuesto el paso de una sola plataforma y cabina en el lateral a contar con una estructura distinta y basada en un perímetro cerrado que garantiza su mayor seguridad. A esto también se une su mayor fiabilidad en la estructura del hueco y la mejor capacidad y durabilidad de la máquina, según las innovaciones más recientes.
Debemos saber que el uso de este mecanismo está centrado, exclusivamente, en mercancías y cualquier tipo de adaptación o modificación, para que pueda trasladar también a personas, está totalmente prohibido, por lo que se utiliza solo para el transporte de cargas. En caso contrario, la responsabilidad caería tanto sobre la empresa instaladora como sobre el propietario del edificio.
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